Novedades bonificación en sucesiones y donaciones para 2019 Junta de Andalucía
De especial interés para los vecinos y vecinas de Andalucía es la tan esperada bonificación en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones que entró en vigor el pasado 11 de abril de 2019.
Consiste en la aplicación de una bonificación del 99% de la cuota del impuesto para adquisiciones por “mortis causa”, incluidas las de los beneficiarios de pólizas de seguros de vida, por cónyuges y parientes directos; cuando la norma habla de “parientes directos” se refiere a adquisiciones por descendientes y adoptados de veintiuno o más años, cónyuges, ascendientes y adoptantes, el resto de herederos no podrían aplicar dicha bonificación.
También podrían aplicarla los siguientes contribuyentes:
- a) Las parejas de hecho inscritas en el Registro de Parejas de Hecho de la Comunidad Autónoma de Andalucía se equipararán a los cónyuges.
- b) Las personas objeto de un acogimiento familiar permanente y guarda con fines de adopción se equipararán a los adoptados.
- c) Las personas que realicen un acogimiento familiar permanente y guarda con fines de adopción se equipararán a los adoptantes.
Se entiende por acogimiento familiar permanente y guarda con fines de adopción los constituidos con arreglo a la Ley 1/1998, de 20 de abril, de los Derechos y la Atención al Menor, y las disposiciones del Código Civil.
Por otro lado, sigue en vigor la reducción autonómica de 1.000.000 de euros sobre la base imponible, por lo que tributarían las herencias a partir de esta cantidad, y tan solo por el 1% si cumplen los requisitos para poder aplicar la bonificación por cónyuges o parientes directos.
Importante comentar la bonificación aprobada con la misma entrada en vigor para las donaciones o adquisiciones “inter vivos”, también del 99% de la cuota tributaria para los mismos cónyuges o parientes directos indicados anteriormente, en el caso de las donaciones es imprescindible que se formalice en escritura pública y para las donaciones de dinero en metálico, depósitos en cuenta corriente o de ahorro, a la vista o a plazo, es necesario que se justifique debidamente el origen de los fondos.
Desde luego que es un avance importante en materia de herencias y donaciones para determinados familiares en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Para más información:
C/ Monseñor Carrillo Rubio, local 8 – 29007 Málaga
Tel. 952070559
E-mail: info1-emede@etl.es
Buenos días,
Conocer este tipo de información es muy útil, porque aunque parezca que con nosotros no va la cosa, no es así. Gracias.
Buenos días,
Estoy con Úrsula, esto parece que no es para nosotros hasta que nos toca y aquí se puede aplicar lo de «el saber no ocupa lugar»
Buenos días,
Está muy bien lo de la bonificación, todo lo que sea ahorro es bienvenido.
Buenos días,
Que bien lo de las parejas de hecho, idea muy acertada.
Saludos.
Buenos días,
Gracias por la información.
Buenos días,
Me viene como anillo al dedo saber de estas novedades porque tengo un tema ahí pendiente en relación con esto.