La economía digital en el ojo del huracán de la AEAT para 2022
La Agencia Tributaria tiene encomendada la aplicación efectiva del sistema tributario estatal y aduanero con objeto de contribuir a la consolidación de las cuentas públicas así como a conseguir los recursos necesarios con los que financiar los servicios públicos.
El pasado 26 de enero de 2022, la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, aprobó las directrices generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero del ejercicio 2022. En el mismo, se incluyen las principales líneas estratégicas que seguirá la Agencia Tributaria en materia de asistencia, prevención y control del fraude tributario y aduanero.
No es de extrañar que dentro del mismo, la economía digital adquiera especial relevancia teniendo en cuenta que la tecnología tiene una gran importancia en la sociedad actual.
En relación con la economía digital, el Plan dirigirá sus actuaciones inspectoras a:
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Comercio electrónico.
El comercio electrónico ha experimentado un crecimiento exponencial sobre todo desde el ejercicio 2020 con la pandemia donde este se convirtió en la vía principal para realizar compras.
Como consecuencia de este crecimiento, la Agencia Tributaria en el ejercicio 2022 reforzará las medidas necesarias para garantizar un adecuado control de la actividad económica realizada vía comercio electrónico, fomentando de esta forma el cumplimiento de forma voluntaria de las obligaciones tributarias de todos los que intervienen en el proceso, y estableciendo medidas correctoras en aquellos casos en lo que no se produzca el cumplimiento de forma voluntaria.
En este sentido, podemos decir que las líneas de actuación principales son:
- Intentar realizar una aproximación cooperativa, en aquellos casos que sea posible, para poder acceder a la información necesaria de las plataformas de comercio electrónico, intentando minimizar costes fiscales indirectos de cumplimiento a la misma vez que se asegura el cumplimiento por parte de los operadores que actúan a través de estas plataformas, pudiendo ser estos residentes o no residentes en España. En aquellos casos en los que no exista cooperación y se interpondrán las sanciones correspondientes.
- Se facilitará el registro de operadores no residentes con objeto de asegurar la completa identificación fiscal de aquellos obligados tributarios que, aun no estando domiciliados en España, realicen el hecho imponible del IVA por sus ventas a consumidores finales que residan en nuestro país.
- Se aseguraran que se ofrezca una adecuada información a las plataformas de comercio electrónico, a la misma vez que se extremara el control sobre las mismas con objeto de evitar que la realización de este tipo de operaciones puedan eludir el pago de las obligaciones tributarias que le corresponden.
- Sistematizar el análisis de la información obtenida con el objetivo de poder diseñar actuaciones de prevención y de control con objeto de garantizar la correcta tributación de las operaciones realizadas a través del canal digital.
- A principios del ejercicio 2021, entró en vigor el Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales, en relación con la intermediación digital en diversos sectores. Con el hecho imponible del mismo, se está contribuyendo a determinar el alcance real de la actividad de estas plataformas multinacionales en el mercado español, permitiendo de esta formar cruzar datos con las declaraciones presentadas.
- Participación activa en foros e instituciones internacionales a través de las cuales se pretende obtener información acerca de las operaciones realizadas a través del comercio electrónico y su correcta tributación.
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Prohibición de software de doble uso.
En este sentido y con objeto de que se cumpla con la obligación de que los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos contables, de facturación o de gestión de quienes desarrollen actividades económicas, garanticen la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros, sin interpolaciones, omisiones o alteraciones de las que no quede la debida anotación en los sistemas mismos, la Agencia Tributaria está manteniendo reuniones con las organizaciones representativas de PYMES y autónomos para el desarrollo de software que no permitan el doble uso y que cumplan con las condiciones mínimas a cumplir por los sistemas de facturación empresariales. Al mismo tiempo, están trabajando sobre el diseño y puesta en marcha de un proyecto de digitalización a través del cual los autónomos y PYMES puedan obtener a través de dichos software predeclaraciones o borradores de declaraciones en la medida en la que este posibilite, en lo que a la facturación se refiere, el envío automático de la información a la Agencia Tributaria.
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Monedas virtuales.
En el año 2021 las inversiones en monedas virtuales han crecido exponencialmente. Como consecuencia de ello la Agencia Tributaria ha mantenido para el ejercicio 2022 las actuaciones que venía realizando años atrás cuyo objetivo no es otro que el de facilitar el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias derivadas de las transacciones que con ellas se realicen, así como el control de su correcta tributación.
Las actuaciones que se pretenden realizar en lo que a esta materia se refiere pretenden:
- Desarrollar una normativa y elaborar declaraciones para dar cumplimiento a las obligaciones de información que la Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal establece para los titulares de monedas virtuales situadas en el extranjero y para proveedores de servicios de cambio de monedas virtuales y de servicios de custodia de monederos electrónicos.
- Obtener información procedentes de diversas fuentes relacionadas con las operaciones realizadas en monedas virtuales.
- Sistematizar y analizar la información obtenida sobre la correcta tributación de las operaciones realizadas y de los fondos utilizados en la adquisición de monedas virtuales.
- Potenciar las herramientas informáticas necesarias para facilitar las actuaciones de control de las transacciones virtuales.
- Fortalecer la cooperación internacional y la participación en foros internacionales con el objetivo de obtener información sobre operaciones realizadas con monedas virtuales.
- Participar en grupos de trabajos internacionales en curso sobre la regulación de futuros intercambios de información en materia de monedas virtuales.
Para más información
Web: Emede ETL Global
Dirección: C/ Monseñor Carrillo Rubio, local 4 – 29007 Málaga
Teléfono: 952070559
Email: rbautista@etl.es
Hacienda siempre viendo de dónde poder rascar….. jajajaja
Y tanto Isabel y no será porque no nos tienen fritos a impuestos
Ya lo dicen «Hacienda somos todos»