Deducción gastos educativos IRPF en Andalucía
Como novedad, y de cara al ejercicio 2022, serán deducibles las cantidades invertidas en gastos de enseñanza escolar o extraescolar de idiomas, informática o de ambas, con el máximo de 150 euros anuales por cada descendiente en Andalucía.
¿Qué podemos considerar como gastos de enseñanza escolar de idiomas, de informática, o de ambas?
Solo y exclusivamente, aquellas cantidades satisfechas a centros docentes en concepto de gastos de escolaridad, en la proporción correspondiente a dichas materias o asignaturas, también aquellas impartidas en un idioma extranjero, en función del número total de horas lectivas que dichas materias o asignaturas representen en el conjunto de horas lectivas del curso escolar, tanto en centros públicos, privados o concertados.
¿Qué porcentaje de deducción se podrá aplicar sobre estos gastos?
Se aplicará el 15% de las cantidades satisfechas por estos conceptos, hasta 150 euros anuales por descendiente.
¿Quién podrá aplicar dicha deducción?
- Los contribuyentes, respecto de aquellos ascendientes por los que tenga derecho al mínimo por descendiente regulado en la normativa estatal.
- Los contribuyentes cuya suma de las bases imponibles general y del ahorro no superen los 80.000 euros en tributación individual y 100.000 euros en tributación conjunta.
- El contribuyente debe satisfacer de manera efectiva dichos gastos con el correspondiente justificante.
A diferencia de otras deducciones autonómicas, como es el caso de la Comunidad de Madrid, no son considerados dentro de los gastos escolares deducibles, aquellos importes satisfechos a la adquisición de vestuario de uso exclusivo escolar, además de ser superiores los límites de deducción por estos conceptos en otras comunidades autónomas.
Aunque tendremos que esperar al próximo año para poder aplicar esta nueva deducción en Andalucía, al menos, se ha puesto de manifiesto la necesidad de equiparar la deducción de este tipo de gastos tan recurrentes en el ámbito familiar también en nuestra comunidad autónoma; si bien, estaría bien incorporar, además, los gatos de vestuario obligatorio en los centros docentes que así se establezcan.
Para más información
Web: Emede ETL Global
Dirección: C/ Monseñor Carrillo Rubio, local 4 – 29007 Málaga
Teléfono: 952070559
Email: bgaspar@etl.es
Para los que tenemos niñxs está muy bien, algo es algo
Todo lo que uno pueda desgravarse, bienvenido sea!!
Aunque no sea una gran cantidad, por lo menos es un sumando
Estoy de acuerdo con lo que se dice de poder descontar también los gastos de los uniformes, porque anda que son baratos
Los uniformes de los niños cuestan un pastizal y es de recibo que se pudieran desgravar también
Más acciones como estás hacen falta
Todos los gastos escolares (libros, matrícula, idiomas, ordenadores…) deberían ser deducibles. A ver si el PP se pone las pilas en Andalucía y «copia» muchas de las medidas de Isabel Ayuso en Madrid.